Medidas de equipaje
Conoce a detalle lo permitido para tus viajes
Equipaje en cabina
Aquí podrás encontrar los requisitos en tamaño, peso y tipo de cada equipaje permitido en cabina. Además, podrás conocer los requerimientos para llevar ciertos objetos a bordo y saber cuáles están prohibidos transportar en el avión.
Las medidas máximas de tu bolso o mochila pequeña deben ser:
A= 45 cm x B= 35cm x C=20 cm (A= alto, B= ancho y C= largo), incluyendo los bolsillos y las asas (17,8 x 13,8 x 7,9 in).
Cada vez que vueles podrás llevar 1 bolso o mochila pequeña para guardar debajo de tu asiento. Este artículo puede ser, por ejemplo:
- Una mochila
- Un bolso
- Una cartera
- Un bolso para laptop o para bebé
Si tu bolso o mochila pequeña no cumple con la cantidad y tamaño máximo, tendrás que pagar un costo extra (penalidad). En caso contrario, no se embarcara tu equipaje en el vuelo ni nos haremos responsables de su custodia.
Equipaje en compartimento superior del avión
Las medidas máximas del equipaje en cabina son:
A= 55 cm x B=35 cm x C=25 cm (A=alto, B=ancho y C=largo), incluyendo los bolsillos, las ruedas, el asa, etc. (21,7 x 13,8 x 9,8 in).
El peso máximo del equipaje en cabina es de 10 kg (22 lb).
Las medidas máximas del equipaje en cabina son:
A= 45 cm x B= 35cm x C=20 cm (A= alto, B= ancho y C= largo), incluyendo los bolsillos y las asas (17,8 x 13,8
Objetos restringidos y prohibidos
Objetos con condiciones de transporte en equipaje de bodega y cabina
Liquidos de uso personal
Los artículos medicinales o de tocador, no radiactivos (incluidos los aerosoles) son permitidos en nuestros vuelos, tales como rociadores para el pelo, perfumes, colonias, y medicinas que contengan alcohol. Los aerosoles no inflamables, no tóxicos sin peligro secundario, para usos deportivos o en el hogar son permitidos en nuestros vuelos.
La cantidad neta total de los artículos medicinales o de tocador no radiactivos y de los aerosoles no inflamables, no tóxicos, no debe exceder de 2 kg o 2 L y la cantidad neta de cada artículo individualmente no debe exceder de 0,5 kg ó 0,5 L. La válvula de liberación de los aerosoles debe estar protegida por una tapa u otro medio adecuado para prevenir la liberación inadvertida del contenido.
Bebidas alcohólicas
En cabina puedes llevar bebidas alcohólicas contenidas en embalajes de venta al detalle que contengan más del 24% pero no más del 70% de alcohol por volumen, en recipientes que no excedan de 5 L , con una cantidad neta total por persona de 5 L de tales bebidas. En rutas desde o hacia Brasil también puedes llevar máximo 5 L, pero cada recipiente no debe ser mayor a un litro.
Requisitos adicionales para transportar líquidos, geles y aerosoles
- Algunos países imponen restricciones específicas relativas a los líquidos que pueden transportarse a bordo.
- Si viajas a Estados Unidos, puedes llevar productos en polvo de hasta 350 ml (12 oz) en cabina. Si los productos exceden esta cantidad, solo pueden ser transportados en bodega.
- Todos los aeropuertos de Brasil restringen el ingreso de líquidos, geles y aerosoles transportados en el equipaje de cabina. Incluyendo pasajeros que realizan una conexión internacional y que hayan realizado compras en el Duty Free de aeropuertos anteriores. Para poder transportar este tipo de objetos deben cumplir los siguientes requisitos:
- Los envases deben tener una capacidad de 100 ml.
- Deben estar contenidos en una bolsa plástica transparente, que pueda ser cerrada (tipo zipper), con una capacidad máxima de 1 litro.
Objeto |
Equipaje en cabina |
Equipaje en bodega | ||
Baterías de litio: Equipo de seguridad que contiene baterías de litio | Prohibido | Permitido | ||
Baterías de litio: Dispositivos electrónicos portátiles (PED) que contengan pilas o baterías de metal litio o ión litio, incluidos los dispositivos médicos tales como concentradores de oxígeno portátiles (POC) y dispositivos electrónicos tales como cámaras, teléfonos celulares, computadoras portátiles y tabletas, cuando son transportados por los pasajeros o la tripulación para uso personal. Nota 2: Los dispositivos en el equipaje facturado deben apagarse por completo y deben protegerse contra daños. Nota 3: El límite máximo por persona es de 15 PED. El operador puede aprobar el transporte de una cantidad mayor. Nota 4: En equipajes con una batería de litio, excepto baterías botón, la batería debe ser removible. Si se ofrece como equipaje en bodega, la batería debe retirarse y transportarse en la cabina. | Permitido | Permitido | ||
Baterías de repuesto/sueltas, incluyendo baterías de litio, baterías no derramables, baterías de hidruro de níquel metal y baterías secas para dispositivos electrónicos portátiles que deben transportarse solo en el equipaje de mano. Artículos cuyo principal propósito es ser una fuente de energía; p. ej., los bancos de energía se consideran baterías de repuesto. Estas baterías deben protegerse individualmente para evitar cortocircuitos. Baterías de metal litio: el contenido de metal de litio no debe exceder los 2 g. Baterías de ion litio: la relación vatios-hora no debe exceder los 100 Wh. Nota 2: Estas baterías deben estar protegidas individualmente para evitar los cortocircuitos. Nota 3: El límite máximo es de 20 baterías de repuesto por pasajero. El operador puede autorizar el transporte de una cantidad mayor. | Permitido | Prohibido | ||
Baterías de litio de repuesto/sueltas con una capacidad nominal superior 100 Wh pero sin exceder los 160 Wh para artículos electrónicos de consumo y dispositivos médicos electrónicos portátiles (PMED) o cuyo contenido de metal de litio es superior a 2 g sin exceder 8 g por dispositivo para efectos de PMED solamente. Un máximo de dos baterías de repuesto en el equipaje de mano solamente. Estas baterías deben estar protegidas individualmente para evitar los cortocircuitos. | Permitido | Prohibido | ||
Equipaje dotado de baterías de litio: –Baterías no extraíbles. Las baterías contienen un máximo de 0,3 g de metal litio o para ion litio no debe exceder de 2,7 Wh; –Baterías extraíbles. Las baterías deben ser extraídas si el equipaje ha de ser facturado. Las baterías extraídas deben transportarse en la cabina.
| Permitido | Permitido | ||
Cigarrillos electrónicos (incluye e-cigarros, e-pipas, otros vaporizadores personales) que contienen baterías que deben protegerse individualmente para impedir su activación involuntaria. |
Permitido
| Prohibido | ||
Dispositivos electrónicos accionados por baterías de litio. Baterías de ion litio para dispositivos electrónicos portátiles (incluso de uso médico), cuya capacidad nominal es superior a los 100 Wh sin exceder de 160 Wh. En el caso exclusivo de dispositivos electrónicos portátiles de uso médico, se permiten baterías de metal litio con un contenido de metal de litio superior a 2 g sin exceder de 8 g. Los dispositivos en el equipaje facturado deben apagarse por completo y deben protegerse contra daños. | Permitido (sujeto a confirmación) | Permitido | ||
Dispositivos electrónicos portátiles que contengan baterías no derramables. Las baterías deben cumplir A67 y deben ser de 12 V o menos y 100 Wh o menos. Se puede transportar un máximo de 2 baterías de repuesto por pasajero. | Permitido | Permitido |
Requisitos adicionales para transportar baterías
¿Que es una Power Banks?
Un powerbank es una batería externa portátil que sirve para cargar Teléfonos Smartphones, iPhone, Tablets, eBooks, altavoces, relojes inteligentes, y muchos dispositivos modernos.
Estas baterías sólo son aceptadas en el equipaje de mano, están prohibidas en el equipaje de bodega (facturado).
Si en el embarque, le retienen el equipaje de mano por espacio y debe ir a bodega, tienes la obligación de informar al agente si tu equipaje contiene estas baterías, ya que está PROHIBIDO su transporte en las bodegas del avión.
Objeto |
Equipaje en cabina |
Equipaje en bodega | |
Cuchillos | Prohibido | Permitido | |
Limas
| Prohibido | Permitido | |
Cortauñas | Prohibido | Permitido | |
Rasuradoras | Prohibido | Permitido | |
Herramientas de mano de obra o pinzas
| Prohibido | Permitido | |
Agujas y/o palillos de tejer | Prohibido | Permitido |
Objeto | Equipaje en cabina | Equipaje en bodega | |
Marcapasos cardíacos radio isotópicos, u otros elementos incluyendo aquellos accionados por pilas de litio implantados en una persona o fijados externamente. | Permitido en la persona | No aplica | |
Termómetro clínico o médico que contenga mercurio, uno (1) para uso personal, siempre que vaya en su caja protectora. Nota 1: Para ser llevados en bodega, el piloto al mando debe estar informado de la ubicación del termómetro o barómetro. | Prohibido | Permitido | |
Termómetro o barómetro de mercurio transportado por un representante de una oficina meteorológica del gobierno o de otra agencia oficial. | Permitido | Prohibido | |
Ayudas motrices accionadas por baterías y otros dispositivos motrices con baterías húmedas no derramables o baterías que cumplan la Disposición Especial A123 o A199). Nota: El piloto que esté al mando debe estar informado de la ubicación de la batería embalada, cuando es extraída de la silla y transportada en el compartimento de carga. | Prohibido | Permitido | |
Ayudas motrices impulsadas por baterías y otros dispositivos motrices con baterías derramables o baterías de litio. | Prohibido | Permitido | |
Ayudas motrices: las sillas de ruedas u otros dispositivos similares impulsados por baterías de ion litio, que estén especialmente diseñadas para ser extraídas, deben llevarse en la cabina de pasajeros | Permitido | Prohibido | |
Cilindros de oxígeno o aire gaseoso, requerido con fines médicos. La regulación permite el transporte de cilindros, pero estos no deben exceder los 5 kg (11 lb) brutos cada uno. Nota 1: No se aceptará los cilindros de oxígeno, salvo que estos se encuentren vacíos y con la válvula abierta de tal manera que no exista una diferencia de presión entre el cilindro y el medio ambiente. Nota 2: No se permite el transporte de los sistemas de oxígeno líquido. Nota 3: Si por instrucción médica debes viajar con un cilindro de oxígeno, podrás hacerlo. Infórmate de nuestras reglas, en caso de tener un asunto médico, antes de viajar para evitar inconvenientes | Permitido (sujeto a confirmación) | Permitido (sujeto a confirmación) |
Objeto |
Equipaje en cabina |
Equipaje en bodega | |
Equipo de peluquería que contenga un cartucho con gas hidrocarburo, hasta uno (1) por persona o miembro de la tripulación, siempre y cuando el cobertor esté ajustado de forma segura al elemento que se calienta. Este equipo de peluquería no podrá ser utilizado a bordo de la aeronave. Los cartuchos con gas de repuesto para este equipo de peluquería no están permitidos en el equipaje de mano ni en el equipaje facturado. | Permitido | Permitido | |
Rizadores para el cabello que contienen gas hidrocarburo, siempre que el cobertor esté ajustado en forma segura al elemento calefactor. Nota 1: Se puede llevar solo 1 rizador por pasajero o miembro de la tripulación. | Permitido | Permitido |
Objeto |
Equipaje en cabina |
Equipaje en bodega | |
Las armas de fuego deben estar declaradas y descargadas. No hacerlo es una falta a las regulaciones de la aviación civil.
| Prohibido | Permitido | |
Munición embalada en forma segura, en cantidades que no excedan de 5 kilogramos de peso bruto por persona para el uso de esa persona. Lo permitido para más de una persona no debe ser agrupado en uno o más bultos.
| Prohibido | Permitido |
- Apenas en Brasil, las armas de fuego pueden ser transportadas en el equipaje de mano, con autorización local, en vuelos domésticos.
- Si viajas con armas de fuego desde o hacia Italia, debes solicitar el servicio de transporte de armas al menos 24 horas antes de tu vuelo. En caso de que lo solicites en el aeropuerto el día de tu viaje, no podremos garantizar este servicio.
- En viajes que tengan conexiones con American Airlines, el transporte de armas de fuego está prohibido, ni en cabina ni en bodega, por disposición de esta compañía.
- En viajes que tengan conexiones con Azul Líneas Aéreas u otra compañía relacionada, el transporte de armas de fuego está prohibido, ni en cabina ni en bodega.
- El transporte de armas de fuego en viajes desde y hacia Londres se encuentra temporalmente suspendido.
Objeto |
Equipaje en cabina |
Equipaje en bodega | |
Cartuchos de combustible de repuesto para pilas de combustible para accionar dispositivos electrónicos portátiles. | Permitido | Permitido | |
Cartuchos pequeños de gas no inflamable, que contengan dióxido de carbono u otro gas. Un máximo de dos (2) cartuchos pequeños que calcen en un dispositivo de seguridad personal autoinflable, que vaya a ser usado por una persona, como un chaleco salvavidas. No se permiten más de dos (2) dispositivos por pasajero ni más de dos (2) cartuchos pequeños de repuesto por dispositivo, ni más de cuatro (4) cartuchos de hasta 50 ml de capacidad de agua para otros dispositivos.
| Permitido | Permitido | |
Cilindros de gas no tóxico ni inflamable utilizado para el funcionamiento de miembros mecánicos. También los cilindros de repuesto de un tamaño similar si se requiere para asegurar un suministro adecuado durante el viaje. | Permitido | Permitido | |
Dispositivos de permeación. | Prohibido | Permitido | |
Embalajes aislados que contengan nitrógeno líquido refrigerado (envases criogénicos secos), completamente absorbido en material poroso que contenga únicamente mercancías no peligrosas.
| Permitido | Permitido | |
Motores de combustión interna o de pilas de combustible | Prohibido | Permitido | |
Pilas de combustible para accionar los dispositivos electrónicos portátiles (p. ej., cámaras, teléfonos móviles, computadoras portátiles). | Permitido | Prohibido | |
Cigarrillos electrónicos (incluye e-cigarros, e-pipas, otros vaporizadores personales) que contienen baterías que deben protegerse individualmente para impedir su activación involuntaria. |
Permitido
| Prohibido |
Objeto |
Equipaje en cabina |
Equipaje en bodega | |
Hornillos de acampada y contenedores de combustible que hayan contenido combustible inflamable líquido, con un tanque de combustible y/o un contenedor de combustible vacío.
| Prohibido | Permitido | |
Mochila de rescate para avalanchas, una (1) por persona, que contenga cartuchos de gas comprimido. También puede ser equipada con un mecanismo disparador pirotécnico que contenga un máximo de 200 mg netos de explosivos. | Permitido | Permitido |
Objeto |
Equipaje en cabina |
Equipaje en bodega | |
Equipo de detección de agentes químicos, cuando se transportan por el personal de la Organización para la prohibición de armas químicas en viajes oficiales | Permitido | Permitido | |
Especímenes no infecciosos embalados con pequeñas cantidades de líquido inflamable
| Permitido | Permitido | |
Fósforos (cerillas) de seguridad (un pequeño paquete) o un encendedor pequeño, que no contiene combustible líquido no absorbido, que no sea gas licuado, para el uso de un individuo cuando es transportado en la persona. Nota 1: el combustible para los encendedores y los repuestos para relleno no están permitidos en la persona, ni en el equipaje facturado ni en el equipaje de mano. | Permitido en la persona | Prohibido | |
Hielo seco (dióxido de carbono, sólido), en cantidades que no excedan de los 2,5 kilogramos por persona, en su equipaje facturado o de mano, cuando se utilice para embalar perecederos no sujetos a esta Reglamentación, siempre que el equipaje (embalaje) permita la liberación del gas del dióxido de carbono. | Permitido | Permitido | |
| Permitido (sujeto a aprobación) | Permitido (sujeto a aprobación) | |
| Prohibido | Permitido |
Objetos prohibidos en cabina y bodega
Para garantizar la seguridad del vuelo, no está permitido llevar en el avión objetos tales como:
- Líquidos inflamables
- Blanqueadores
- Explosivos
- Veneno
- Ácido
- Gas comprimido
- Patinetas eléctricas (hoverboards, solo wheels, airwheels, mini-segway, balance wheel) impulsadas con baterías de ion-litio.
- Encendedores, si viajas hacía o vía Estados Unidos.
Con el objetivo de impedir la introducción de plagas y agentes animales portadores de enfermedades, los organismos estatales restringen el ingreso de animales, plantas, semillas, productos, agro-tóxico o ciertos alimentos, sin la debida autorización para importar y la certificación sanitaria y fitosanitaria.
- Teléfonos móviles Samsung Galaxy Note7.
- Patinetas electrónicas comercializadas como: airwheel, solowheel, hoverboard, mini-segway, balance wheel, etc.
- Elementos discapacitadores tales como rociador de pimienta, macé, etc. que contengan una sustancia irritante o discapacitadora, están prohibidos en la persona, en el equipaje facturado y en el equipaje de mano.
- Armas de electrochoque (Taser) que contengan mercancías peligrosas tales como explosivos, gases comprimidos, baterías de litio, etc. se prohíben dentro del equipaje de mano, facturado o en la persona.
- Maletines de seguridad, cajas de seguridad, bolsas de dinero, etc. que incorporen mercancías peligrosas tales como: pilas de litio, y/o material pirotécnico están totalmente prohibidos.
- Artículos de gas pimienta
- Equipaje dotado de baterías de litio baterías no extraíbles que exceden de 0,3 g de metal litio o para ion litio no debe exceder de 2,7 Wh.
Equipaje en bodega
- Peso y tamaño máximo: el peso máximo para los equipajes en bodega es de 23 kg (51 lb), por pasajero. El tamaño máximo para los equipajes en bodega son 158 cm lineales, sumando largo + ancho + alto. (62,2 in).
- El equipaje en bodega debe cumplir los límites de peso y dimensiones de forma individual. Es decir, si viajas con más de 1 maleta y alguna de ellas excede los 23 kg (51 lb) o los 158 cm lineales (62,2 in), deberás pagar un costo por exceso para esta pieza en particular. El costo por exceso total puede ser una suma por ambos conceptos (peso + dimensiones excedidas).
- Si tu viaje consta de varios vuelos, se despachara el equipaje en bodega directamente hasta tu destino final, siempre y cuando los diferentes vuelos sean parte del mismo Nº de Orden. Sin embargo, en ciertos casos deberás retirar el equipaje en los puntos de conexión correspondientes para realizar procedimientos de aduana o para cambiar de aeropuerto. Esto también aplica si debes pernoctar en el aeropuerto. Cuando así ocurra, debes entregar nuevamente tu equipaje en los mostradores de Check-in para que continúe hasta el destino final.
- El peso y cantidad de piezas permitidas para llevar en bodega son personales e intransferibles a otros pasajeros.
- Existen elementos que puedes llevar restringidamente (sujetos a control) en bodega, y otros que por razones de seguridad no puedes llevar en los vuelos.
Preséntate en los counter de tu aerolínea en los distintos aeropuertos para que sea etiquetado y despachado tu equipaje. O si lo prefieres, puedes etiquetarlo tú personalmente en los kioscos de autoatención (donde este servicio se encuentre disponible), y luego entregarlas en el counter para que las despachen.
Exceso de equipaje
- Pieza adicional
- Sobrepeso
- Sobredimensión
Puedes hacerlo pagando costos extras por exceso de peso y/o sobredimensionamiento, desde que las piezas no superen a 45 kg (99,2 lb) y 300 cm (118,1 in) lineales y siempre que haya espacio para llevarlos.
Algunos instrumentos musicales, televisores, monitores, equipamiento deportivo y audiovisual son considerados equipaje especial y también pueden ser transportados en bodega por un costo adicional fijo.
Si en tu viaje haces conexiones, se aplica un único cargo por exceso desde el origen hasta el destino final, y corresponderá al valor más alto de la ruta realizada.
En algunos destinos como Argentina, Aruba, Europa u Oceanía, o en vuelos que tengan conexión con Air Canada, British Airways, Iberia o Qantas, el límite de peso para el equipaje de bodega es de hasta 32 kg (70,5 lb) por pieza. Te recomendamos chequear siempre tu itinerario de vuelo y corroborar los costos por exceso de cada aerolínea.
Equipaje adicional de 15 kg
- Peso permitido: Hasta 15 kg (33 lb).
- Dimensiones: Máximo 158 cm lineales (sumando largo + ancho + alto).
Equipaje de 23 kg
- Peso permitido: Hasta 23 kg (50lb).
- Dimensiones: Máximo 158 cm lineales (sumando largo + ancho + alto).
Para vuelos con origen o destino a Argentina, Aruba, Europa u Oceanía está permitido llevar equipajes de bodega de hasta 32 kg por pieza.
Para vuelos entre Ecuador y Estados Unidos solo está permitido llevar un máximo de 2 equipajes por pasajero.
Si llevas más piezas de equipaje de lo incluido en tu tarifa, se te cobrara un valor adicional por cada pieza extra. Para saber cuántas piezas de equipaje tienes incluido en tu viaje puedes consultar con tu aerolínea.